¿Prisión permanente revisable?, si gracias.

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3 millones de firmas. Este es el sencillo resumen de una petición popular, encabezada por algunos de los padres que han sufrido el zarpazo de crímenes abominables, que pedían, piden y pedirán la no derogación de la prisión permanente revisable en casos de extrema gravedad.

Para quienes no lo recuerden la prisión permanente revisable es la máxima pena privativa de libertad del Código Penal de España. Fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 26 de marzo de 2015 como parte de la Ley de Seguridad Ciudadana, y en el contexto del Pacto antiyihadista.

El Congreso de los diputados, ese espacio que se considera la sede de la voluntad popular, rechazó la semana pasada  la petición de más de 3 millones de ciudadanos que clamaban por ese endurecimiento de las penas para evitar la puesta en libertad precipitada de asesinos extremos, cuya capacidad de reinserción tras el tránsito carcelario se comprobara que no había sido tal.

El PSOE y como no los podemitas y los secesionistas de distinto origen votaron en contra de la petición de PP y C´s como era de esperar. Con la horrible tragedia de Gabriel aun presente en los titulares de los medios de comunicación, esta suerte de políticos de ocasión y jugadores de ventaja electoral han pasado de  gran parte de la voluntad popular en su misma sede.

Para los que somos legos en el mundo del derecho  quizás sea bueno explicar cómo se estructura esta pena de prisión permanente revisable. En caso de condena, en la sentencia se señalaría que la pena impuesta es la de prisión permanente revisable. No se determinarían en consecuencia los años de prisión. Esta condena es una figura que conlleva una pena indeterminada que nunca podrá ser inferior, eso sí, a los veinticinco años de prisión.

Para la revisión de esa condena, una vez cumplidos veinticinco años en prisión, el preso puede solicitar la revisión cada año y un tribunal de oficio lo hará obligatoriamente cada dos años, dictaminando si procede la revisión y en consecuencia la posible libertad.

Los requisitos en resumen para proceder a la revisión son el comportamiento del penado, la posibilidad de volver a delinquir, las circunstancias familiares y sociales o las circunstancias del delito cometido.

¿Que quiere decir todo ello?, que nunca se podrá saber los años de cumplimiento de la pena, salvo que no podrá ser inferior a veinticinco años. Y es aquí donde empieza el debate .

No es una pena de aplicación general, se da tan solo en algunos crímenes y es que la pena de prisión permanente revisable puede ser impuesta únicamente en supuestos de excepcional gravedad (asesinatos especialmente graves, terrorismo, homicidio del Jefe del Estado o de su heredero, de jefes de Estado extranjeros y en los supuestos más graves de genocidio o crímenes de lesa humanidad).

Como verá el lector los supuestos están acotados y determinados claramente a crímenes terribles o de especial gravedad, no son extensivos a cualquier caso y por tanto no es aplicable de forma generalista.

La izquierda de este país no cree en la pena porque según dice no es disuasorio sino que resulta más una venganza contra el asesino. Yo lo veo más como un castigo y ¿ qué tiene de malo? ¿Como se defiende el ciudadano al que han secuestrado una hija, la han matado y la tiraron a un pozo?. ¿Cómo se aplica justicia contra un asesino confeso de otra hija que ni siquiera quiere decir donde dejó su cuerpo inerte tras su asesinato?. ¿Cómo explicarle a un padre que la asesina de su hijo podría reducir la pena si se aplica el concepto de homicidio y no el de asesinato?. O ¿cómo dar respuesta a la madre de Sandra Palo que tiene que soportar como uno de los asesinos de su hija está en la calle? en libertad mientras reincide en robos, narcotráfico y demás.

Buscando documentarme sobre este tema el pasado viernes leí en elespañol.es un comentario sobre lo ocurrido en el Congreso de los diputados el jueves y que transcribo en su literalidad:

«Nunca me había llamado mi hija de 12 años para preguntarme por nada de lo que hago. Lo hizo hoy para preguntarme si no quería que metieran en la cárcel a la asesina del niño Gabriel», explicaba, con cara de resignación, uno de los máximos dirigentes del partido, muy cercano a Pedro Sánchez. Mal tiempo para ser diputado del PSOE y padre.

Lo confieso, yo tampoco se como atajar esos crímenes, pero no niego por sistema la posibilidad que ofrece ese endurecimiento de la pena de prisión permanente revisable. No lo hago porque sobre la mesa no hay otra propuesta y es ahí donde fallan los políticos que se oponen. Niegan la posibilidad pero no ofrecen alternativas a los más de 3 millones de ciudadanos que lo piden.

No cabe duda, el tiempo y los votos probablemente darán buena cuenta de esa negativa. Se confunden cuando los políticos hacen de esto una cuestión partidista. No es este un debate ideológico entre derechas e izquierdas. Es la vieja batalla del mal contra el bien llevado a la política y si no lo ven, lo verán.

Pues eso

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